Qué hacer si apareces en ASNEF por una deuda incorrecta

Pasos para comprobar la deuda, pedir la supresión y reclamar si tus datos no se corrigen

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Qué hacer si apareces en ASNEF por una deuda incorrecta

Aparecer en ASNEF por una deuda incorrecta puede dificultar la contratación de un préstamo, una tarjeta, una línea telefónica, un suministro o cualquier servicio que implique pagos periódicos.

El problema puede descubrirse al recibir una carta de inclusión, al solicitar financiación o cuando una empresa rechaza una contratación sin explicar claramente el motivo.

Una deuda puede ser incorrecta porque no pertenece a la persona incluida, ya fue pagada, contiene un importe equivocado, corresponde a un contrato cancelado o fue generada mediante una suplantación de identidad.

También puede ocurrir que la empresa no haya cumplido los requisitos necesarios antes de comunicarla.

No es suficiente con llamar al acreedor y decir que la deuda no es correcta.

Para conseguir la rectificación o supresión conviene identificar quién comunicó la información, solicitar los datos registrados, presentar pruebas y dejar constancia escrita de cada reclamación.

Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico adaptado a las circunstancias de cada caso.

Qué es ASNEF y por qué pueden aparecer tus datos

ASNEF es un sistema privado de información crediticia gestionado por Equifax.

Recoge datos relacionados con incumplimientos de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito que hayan sido comunicados por empresas acreedoras.

Las empresas pueden consultar estos datos cuando existe una relación contractual que implica pagos o cuando una persona solicita financiación, pago aplazado o facturación periódica.

Si una contratación es rechazada como consecuencia de la consulta, la empresa que realizó la comprobación debe informar al afectado del resultado.

Estar incluido puede influir en solicitudes como:

  • Préstamos personales.
  • Hipotecas.
  • Tarjetas de crédito.
  • Compras financiadas.
  • Contratos de telefonía.
  • Altas de electricidad o gas.
  • Seguros con pago fraccionado.
  • Alquileres que incluyen un análisis de solvencia.

La inclusión no demuestra de forma definitiva que la deuda sea correcta.

El acreedor es responsable de garantizar que se cumplen los requisitos legales y responde si la deuda es inexistente o inexacta.

Cuándo una deuda puede incluirse en ASNEF

No cualquier factura pendiente permite incluir a una persona en un sistema de información crediticia. La deuda debe cumplir varias condiciones.

Con carácter general, debe tratarse de una deuda:

  • Cierta.
  • Vencida.
  • Exigible.
  • Impagada.
  • Comunicada por el acreedor o por quien actúe por su cuenta.
  • No sometida a una reclamación administrativa, judicial o a un procedimiento alternativo vinculante que cuestione su existencia o importe.

El acreedor también debe haber informado sobre la posibilidad de inclusión en un fichero de solvencia, ya sea en el contrato o al requerir el pago.

Además, para una persona física, no pueden incorporarse deudas cuyo principal sea inferior a 50 euros.

El responsable del fichero debe notificar la inclusión dentro de los treinta días siguientes a la comunicación de la deuda. Durante ese periodo, los datos deben permanecer bloqueados.

No recibir la carta no siempre invalida automáticamente la deuda

Que una persona afirme no haber visto la notificación no significa por sí solo que la deuda sea inexistente.

Puede haber problemas con la dirección utilizada, la entrega postal o los datos facilitados en el contrato.

Sin embargo, la ausencia de información puede formar parte de una reclamación si el acreedor y el responsable del fichero no pueden acreditar que cumplieron sus obligaciones.

Conviene solicitar una copia de:

  • El contrato que originó la deuda.
  • Las facturas reclamadas.
  • El requerimiento de pago.
  • La advertencia de posible inclusión.
  • La comunicación enviada por ASNEF.
  • La dirección utilizada para las notificaciones.

Qué puede considerarse una deuda incorrecta

Antes de reclamar, es importante identificar el tipo de error. La documentación necesaria será diferente en cada caso.

La deuda no es tuya

Puede ocurrir que el nombre, DNI o NIE haya sido asociado por error a un contrato de otra persona.

También puede existir una coincidencia entre nombres o una equivocación al introducir el número de identificación.

En este caso, solicita al acreedor:

  • Copia del contrato.
  • Fecha y canal de contratación.
  • Dirección donde se prestó el servicio.
  • Cuenta bancaria utilizada.
  • Teléfono y correo electrónico vinculados.
  • Firma o grabación contractual, cuando exista.

Estos datos pueden mostrar que la contratación pertenece a otra persona o que la empresa utilizó información que no coincide con la tuya.

Existe una suplantación de identidad

Si alguien utilizó tus documentos o datos para contratar un servicio, solicitar financiación o comprar un producto, puede ser necesario presentar una denuncia ante la Policía Nacional o la Guardia Civil.

Después, debe solicitarse la supresión al acreedor y al responsable del fichero, adjuntando la denuncia y cualquier prueba que demuestre que no realizaste la contratación.

La AEPD recomienda seguir este procedimiento cuando la deuda deriva de un posible fraude o suplantación.

También conviene revisar:

  • Movimientos bancarios desconocidos.
  • Consultas de crédito no reconocidas.
  • Contratos de telefonía que no solicitaste.
  • Correos de recuperación de contraseñas.
  • Cartas enviadas a direcciones donde nunca viviste.

La deuda ya está pagada

Cuando la deuda se paga, los datos relativos al incumplimiento deben suprimirse.

El acreedor debe comunicar al responsable del fichero la inexistencia o inexactitud sobrevenida de la deuda en el plazo de una semana.

Si continúas apareciendo, aporta:

  • Justificante de transferencia.
  • Recibo bancario.
  • Carta de pago.
  • Certificado de saldo cero.
  • Acuerdo firmado con el acreedor.
  • Correo donde se confirme la cancelación.

No debería ser necesario esperar varios meses después de pagar.

La supresión corresponde cuando deja de existir el incumplimiento.

El importe es incorrecto

Puede existir una deuda real, pero el importe comunicado ser superior al que corresponde.

Esto puede ocurrir por pagos no contabilizados, facturas duplicadas, penalizaciones discutidas o gastos añadidos sin explicación.

En este caso, la reclamación debe identificar claramente:

  • El importe que aparece en ASNEF.
  • El importe que reconoces, si existe.
  • Los pagos ya realizados.
  • La parte concreta que se discute.
  • El cálculo correcto según tus documentos.

No conviene limitarse a decir que la cantidad es excesiva.

Presenta un desglose con fechas, facturas y justificantes.

El contrato fue cancelado

Una empresa puede reclamar cuotas posteriores a una baja que no procesó correctamente.

Para demostrarlo, busca:

  • Número de referencia de la baja.
  • Correo de confirmación.
  • Grabación o transcripción de la llamada.
  • Justificante de devolución de equipos.
  • Portabilidad a otra compañía.
  • Factura final del contrato.
  • Documento de desistimiento.

La solicitud de supresión de datos y la baja de un servicio son trámites distintos.

Pedir que se cancelen tus datos de ASNEF no sustituye la reclamación contractual contra la empresa.

La deuda está formalmente reclamada

Una deuda cuya existencia o cuantía ha sido impugnada mediante un procedimiento administrativo, judicial o alternativo vinculante no cumple el requisito de ser una deuda pacífica para su inclusión.

No obstante, una queja ante el servicio de atención al cliente o una mediación sin capacidad de emitir una resolución obligatoria puede no ser suficiente.

La AEPD señala, por ejemplo, que una reclamación ante una OMIC, cuando actúa únicamente como mediadora, no siempre tiene el efecto de un procedimiento vinculante.

La vía adecuada dependerá del origen de la deuda, como telecomunicaciones, energía, banca, seguros, transporte o comercio.

Cómo saber qué información aparece en ASNEF

Antes de solicitar la supresión, conviene ejercer el derecho de acceso.

Este trámite permite confirmar si tus datos están incluidos y conocer quién comunicó la deuda.

Equifax dispone de una plataforma para consultar los datos de ASNEF y ejercer gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación.

También admite solicitudes escritas, acompañadas de documentación que permita verificar la identidad.

En la solicitud de acceso puedes pedir:

  • Nombre del acreedor.
  • Importe registrado.
  • Fecha de vencimiento.
  • Fecha de inclusión.
  • Contrato o referencia asociada.
  • Datos personales utilizados.
  • Empresas que hayan consultado la información, cuando corresponda.
  • Plazo previsto de conservación.

La AEPD no mantiene una base central con las personas incluidas en todos los ficheros.

El acceso debe solicitarse directamente al responsable del sistema correspondiente.

Evita páginas que cobran por consultar ASNEF

El ejercicio de los derechos de protección de datos ante Equifax es gratuito.

La propia empresa advierte que no mantiene relación con determinadas páginas que utilizan nombres similares ni con supuestos gestores que cobran por conseguir la salida del fichero.

No compartas el DNI, NIE, pasaporte, datos bancarios o contraseñas con una web sin comprobar que pertenece al responsable oficial del fichero.

Qué hacer paso a paso si la deuda es incorrecta

1. Solicita el acceso a tus datos

Obtén primero la información exacta registrada. Sin conocer al acreedor, el importe y la fecha resulta difícil presentar una reclamación eficaz.

Guarda una copia completa de la respuesta recibida, incluidos los números de referencia.

2. Reúne las pruebas

Prepara un expediente ordenado con los documentos que contradicen la deuda.

Pueden ser útiles:

  • Contrato original.
  • Facturas.
  • Extractos bancarios.
  • Recibos pagados.
  • Correos electrónicos.
  • Capturas del área de cliente.
  • Justificante de baja.
  • Resolución administrativa.
  • Laudo arbitral.
  • Demanda presentada.
  • Denuncia por suplantación.

No envíes documentos irrelevantes ni originales por correo ordinario. Conserva los originales y entrega copias legibles.

3. Reclama al acreedor

El acreedor es quien comunicó la deuda y tiene la obligación de garantizar que la información es exacta.

Solicita por escrito que revise la operación y ordene la rectificación o supresión.

La reclamación debe incluir:

  • Nombre y apellidos.
  • DNI, NIE o documento equivalente.
  • Referencia del contrato.
  • Importe discutido.
  • Motivo concreto de la reclamación.
  • Pruebas adjuntas.
  • Petición expresa de rectificación o supresión.
  • Solicitud de confirmación escrita.

Utiliza un medio que permita acreditar la entrega, como el formulario oficial con número de registro, correo certificado, burofax o sede electrónica.

4. Solicita la supresión a Equifax

No dependas únicamente de que el acreedor comunique el error.

Presenta también una solicitud de supresión o rectificación ante Equifax.

Indica claramente:

  • Qué dato es incorrecto.
  • Por qué debe eliminarse o corregirse.
  • Quién comunicó la deuda.
  • Qué pruebas aportas.
  • Qué respuesta has recibido del acreedor.

Cuando la exactitud de los datos está siendo comprobada, también puede solicitarse la limitación del tratamiento.

Si se ejerce este derecho impugnando la exactitud, el sistema debe informar de que existe una controversia sin facilitar los datos concretos discutidos mientras se resuelve la solicitud.

5. Espera la respuesta dentro del plazo

El responsable debe responder, con carácter general, dentro de un mes desde la recepción de la solicitud.

En casos complejos, el plazo puede ampliarse, pero la persona debe ser informada.

Si no hay respuesta o la contestación no resuelve el problema, puede presentarse una reclamación ante la AEPD.

Guarda la fecha exacta de presentación. Será necesaria para demostrar que el plazo ha transcurrido.

6. Reclama ante la AEPD

La reclamación ante la AEPD debe incluir pruebas de que previamente solicitaste la rectificación o supresión al responsable.

No conviene acudir directamente sin realizar ese paso.

Puedes adjuntar:

  • Solicitud enviada al acreedor.
  • Solicitud enviada a Equifax.
  • Justificantes de entrega.
  • Respuestas recibidas.
  • Informe de ASNEF.
  • Documentos que prueban el error.
  • Denuncia, si hubo suplantación.
  • Resolución administrativa o judicial, si existe.

La AEPD puede analizar si el tratamiento de datos respetó la normativa.

Sin embargo, no es el organismo encargado de decidir si una deuda contractual existe, cuánto debe pagarse o quién tiene razón en un conflicto de consumo.

Esa cuestión debe discutirse con el acreedor y, cuando sea necesario, ante el organismo o tribunal competente.

Modelo breve para solicitar la supresión

A la atención del responsable del tratamiento:

Solicito la supresión o rectificación de los datos asociados a mi identidad en relación con la deuda comunicada por [nombre del acreedor], por importe de [cantidad] y referencia [número].

La información es inexacta porque [explicar de forma concreta: la deuda no es mía, fue pagada, el importe es incorrecto, el contrato fue cancelado o existe una suplantación de identidad].

Adjunto copia de mi documento de identidad y los justificantes que acreditan esta situación. Solicito que se investigue la información, se limite su tratamiento mientras se comprueba su exactitud y se confirme por escrito la rectificación o supresión realizada.

Fecha, nombre completo y medio de contacto.

El texto debe adaptarse al caso concreto. No conviene afirmar que una deuda fue pagada si solamente se discute parte del importe.

Qué hacer si necesitas financiación mientras reclamas

Una solicitud de supresión no garantiza que un banco apruebe financiación.

La entidad puede valorar otros datos, como ingresos, deudas, empleo, movimientos bancarios y política interna de riesgos.

Mientras se resuelve el error, puedes entregar al banco:

  • Copia de la reclamación.
  • Justificante de pago.
  • Resolución que cuestione la deuda.
  • Denuncia por suplantación.
  • Respuesta del acreedor reconociendo el error.

La entidad no está obligada a aprobar la solicitud, pero estos documentos pueden ayudar a explicar por qué la inclusión está siendo impugnada.

Evita solicitar financiación repetidamente en muchas empresas durante pocos días.

Cada entidad seguirá realizando su propia evaluación y las solicitudes sucesivas no corrigen la información de ASNEF.

Cuánto tiempo pueden mantenerse los datos

Los datos solo pueden mantenerse mientras continúe el incumplimiento, con un límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la deuda.

Este límite no significa que toda deuda desaparezca jurídicamente al cumplirse cinco años.

Significa que la información no puede continuar en ese sistema por encima del plazo legal.

Tampoco es necesario esperar cinco años cuando la deuda es incorrecta, fue pagada o no cumple los requisitos de inclusión.

En esas situaciones debe solicitarse la rectificación o supresión cuanto antes.

Errores que pueden perjudicar la reclamación

Pagar sin comprobar que la deuda es tuya

Si existen indicios de fraude o error de identidad, pagar para salir rápidamente del fichero puede dificultar después la explicación del caso.

Primero solicita el contrato y verifica el origen.

Reclamar solo por teléfono

Una llamada puede servir para obtener información, pero no siempre deja una prueba suficiente.

Presenta también una solicitud escrita con fecha y número de registro.

Enviar una reclamación genérica

Decir únicamente “no reconozco la deuda” puede no ser suficiente.

Explica qué dato es incorrecto y aporta documentos.

No reclamar ante Equifax

Reclamar al acreedor es importante, pero también conviene ejercer directamente los derechos de rectificación, supresión o limitación ante el responsable del fichero.

Acudir primero a la AEPD

La reclamación ante la AEPD debe acreditar que previamente se solicitó la corrección al responsable y que no hubo respuesta adecuada.

Confundir la disputa contractual con la protección de datos

La AEPD puede valorar si tus datos fueron tratados correctamente.

No sustituye una reclamación de consumo, un arbitraje o un procedimiento judicial destinado a decidir si la factura es válida.

Preguntas frecuentes

¿Cómo puedo saber quién me incluyó en ASNEF?

Debes ejercer el derecho de acceso ante Equifax. La respuesta debe identificar al acreedor, el importe y los principales datos asociados a la inclusión. El trámite es gratuito.

¿Pueden incluirme por una deuda inferior a 50 euros?

No pueden incorporarse deudas cuyo principal sea inferior a 50 euros cuando el afectado es una persona física.

¿Cuánto tardan en eliminarme después de pagar?

El pago determina la supresión de los datos relacionados con el incumplimiento. El acreedor debe comunicar la actualización al responsable del fichero en el plazo de una semana.

¿Puedo reclamar si nunca firmé el contrato?

Sí. Solicita una copia del contrato y, si hubo una posible suplantación de identidad, presenta una denuncia y adjúntala a la solicitud de supresión.

¿La AEPD puede cancelar directamente una factura?

No. Puede analizar el tratamiento de tus datos, pero no decide la existencia o cuantía de una deuda contractual.

¿Tengo que pagar para consultar ASNEF?

No. Equifax permite consultar la información y ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación gratuitamente.

¿Pueden mantener mis datos durante más de cinco años?

Los datos relacionados con el incumplimiento tienen un límite máximo de cinco años desde el vencimiento de la obligación.

Qué debes recordar

Si apareces en ASNEF por una deuda incorrecta, el primer paso es solicitar el acceso a tus datos para identificar al acreedor, el importe y la fecha de inclusión.

Después debes reunir pruebas y reclamar por escrito tanto al acreedor como a Equifax.

La petición debe explicar de forma concreta si la deuda no es tuya, fue pagada, tiene un importe erróneo, procede de un contrato cancelado o deriva de una suplantación de identidad.

Si no recibes una respuesta adecuada dentro del plazo correspondiente, puedes reclamar ante la AEPD, aportando las solicitudes previas y todos los justificantes.

No pagues a intermediarios sin verificar quiénes son. La consulta de los datos y el ejercicio de los derechos ante el responsable oficial son gratuitos.

Hola, soy Luzia, asistente de contenido en Solicitá Ahora. Mi trabajo consiste en transformar conceptos financieros complejos en materiales claros y gratuitos. Creo que el conocimiento financiero es una herramienta poderosa para la autonomía y la seguridad de las personas.
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